Ocurrió en el año 2008, en el Hospital Río Hortega de Valladolid. El parto de María transcurría con normalidad, pero Alberto, el padre, notó algo raro, un movimiento brusco. El bebé había recibido un golpe en la cabeza.
El equipo médico no le dio importancia. Pero María empezó a notar algo extraño en su bebé. No se movía. Exigió que se realizaran una serie de pruebas para ver qué ocurría. El retraso en el diagnóstico es una de las cosas que ahora reconoce la sentencia.
Si al pequeño Alberto se le hubieran hecho las pruebas pertinentes nada más nacer y no casi cuando pasaron dos días, ahora el niño no tendría secuelas de por vida. Los padres, María y Alberto, decidieron entonces trasladar a su hijo al Hospital madrileño Niño Jesús. No por recomendación de los médicos, si no por iniciativa propia.
En este hospital madrileño les reconocieron que si se hubiera actuado con más premura ahora la situación de Alberto sería bien diferente y confesaron a los padres que no era el primer caso que les llegaba desde Valladolid.
El propio abogado de la familia, Santiago Díez, dice que el retraso en el diagnóstico y en el tratamiento viene inducido por la falta de una unidad de neurocirugía pediátrica en Castilla y León, lo que obliga el traslado de los niños a otras comunidades autónomas.
La sentencia es ejemplar en este sentido. Aunque no la indemnización, una de las más altas en Castilla y León pero que tanto defensa como indemnizados valoran como escasa. 650.000 euros que servirán para pagar el tratamiento de Alberto, para su futuro.
El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, dice que se acatará la sentencia y reconoce que todo aquel usuario del sistema sanitario que crea que se ha cometido una negligencia tiene derecho a denunciar.
Los padres, en todos estos años de proceso judicial, se lamentan de que no han recibido ni una sola llamada para pedirles perdón y de que los profesionales sanitarios que intervinieron en el parto no han sido expedientados por SACYL.