La denuncia es clave para luchar contra la violencia de género. Pero también lo es la declaración de la víctima. Durante el segundo trimestre del año, 10 de cada 100 mujeres renunciaron a declarar en contra de su agresor: "El maltrato psicológico de lo que se encarga, por una parte, es de generarte un miedo a la posible reacción. Y también provoca una dependencia emocional, de no ser capaz de salir, precisamente, de esa relación violenta", declara Sofía Larrea, trabajadora social de la Asociación de asistencia de víctimas de agresiones sexuales y malos tratos (ADAVASYMT). Mientras, María José Sánchez, abogada del Colegio de la Abogacía de Valladolid, expone: "Estas situaciones se dan en los casos que las mujeres no denuncian ellas directamente".
Las víctimas se pueden acoger al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que recoge el derecho a no declarar contra parientes. Siempre y cuando la denuncia no se haya ratificado en el Juzgado de Violencia como acusación particular: "Si se denuncia, se acude al juzgado de violencia. La juez de violencia de género dice a la mujer expresamente que, ese es el momento, puede no continuar, no declarar, pero si declara y continúa, es hasta el final”, asegura Sánchez.
Por esa razón es muy importante acompañar y asesorar a la víctima: "Con carácter previo a interponer la denuncia, la mujer debe estar asesorada por un abogado experto en violencia de género", afirma María José. De esta forma se pretende que las víctimas estén preparadas y se sientan seguras para abordar un proceso tan complicado como este. Su testimonio llega a ser tan esencial que, incluso, en algunos procesos de violencia de género se puede emplear como única prueba de cargo.
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