DANA VALENCIA

¿Debo ir a trabajar con alerta meteorológica?

El artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales explica que si la AEMET emite un aviso naranja o rojo no se debe acudir al puesto de trabajo

Óscar García

La llegada de nuevos temporales y nuevas alertas meteorológicas afecta de forma directa al ámbito laboral. "Estamos en alerta roja y no hay que correr riesgos. Los trabajadores no tienen que ir a trabajar y que estén tranquilos, que no perderán salario ni cotización", ha asegurado la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Así lo recoge el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Si la AEMET o un órgano autonómico emite una alerta naranja o roja por condiciones meteorológicas, el empresario debe avisar a sus trabajadores para desconvocarlos y así proteger tanto su salud como su patrimonio. Y en caso de que no fuera así, el empleado puede tomar la decisión unilateral de no acudir a su puesto.

 

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